Revisar Instalación de Gas Butano y propano en todo Tenerife
Revisionesde Instalaciones Gas en Tenerife

Revisión de Gas Butano y Propano
Certificados de revisiones de gas para locales, domicilio y empresas
Revisión de aparatos da gas en instalaciones receptoras
Revisión de Calentadores de gas, hornos, Cocinas, planchas, calderas, etc
Revisamos la instalación de gas el mismo día
Contacto directo con los instaladores de gas Butano y Propano
Revisión de instalaciones de gas en Tenerife
La revisión de la instalación de gas debe realizarse cada 5 años y esta incluirá también la revisión de los aparatos conectados cuando la suma de las potencias no supere los 70 kw y no sea una instalación alimentada desde redes de distribución.
En Arreglo a Domicilio estamos habilitados para la revisión del gas Butano y Propano, ya sea para instalaciones de gas alimentadas por envases, (botellas de GLP) depósitos fijos o canalizado, así como instalaciones de gas natural.
Revisiones de instalaciones de gas butano y propano
Como empresa instaladora de gas en Tenerife, realizamos revisiones de gas y de los aparatos conectados, calentadores de gas, calderas, termotanques, cocinas, freidoras, planchas grill, revisión de electrodomésticos de gas en viviendas, locales, edificios, comunidades de vecinos, bares, cafeterías, hoteles, sin límite de potencia.
El control periódico en instalaciones receptoras de gas alimentadas desde redes de distribución se le denomina inspecciones. En todo caso, el propietario o el usuario encargado de la instalación será el responsable de que una empresa certificada realice la comprobación de la instalación de gas cada 5 años.
Puede contactarnos para revisar la instalación de gas butano o propano y los aparatos conectados en menos de 48 horas. Una vez efectuadas las pruebas con resultado satisfactorio, se le entregará el certificado de revisión con un periodo de validez de 5 años conforme con las instrucciones descritas en el Reglamento Técnico sobre instalaciones receptoras de gas.
¿En qué consiste la revisión de la instalación gas obligatorio?
Según el reglamento, las revisiones de instalaciones de gas tienen carácter obligatorio y serán realizadas por instalador o empresa instaladora habilitada. Consiste en la verificación del estado general de la instalación. Se realizará una prueba de estanqueidad a la misma y a los electrodomésticos conectados, según el tipo, A, B o C, comprobando que están correctamente instalados, comprobación de la correcta evacuación de los productos de la combustión, se verificará el volumen mínimo del local, las exigencias de ventilación, comprobación de los dispositivos de detección de gas en instalaciones que lo necesiten.
Para que una instalación de gas se considere apta se debe verificar la inexistencia de anomalías. Si el resultado de las comprobaciones no es satisfactorio, se emitirá al titular un informe de anomalías con un plazo para reparar la parte de la instalación afectada.
Revisión de Calentadores de gas en Tenerife
La revisión de calentadores a gas y aparatos de agua caliente sanitaria, (ACS) calderas, termotanques y Aparatos de producción de agua caliente por acumulación hasta 24,4 kw, de forma preventiva, se debe realizar cada 5 años y debe coincidir con la revisión de la instalación de gas para instalaciones de potencia nominal menor o igual a 70 kw.
Durante la revisión de estos aparatos a gas se deben comprobar la inexistencia de anomalías: en función de las exigencias de seguridad, eficiencia energética y durabilidad del aparato. En la revisión de un termo de gas y calderas, ya sea de tiro natural, forzado o de circuito abierto o estanco se realiza un análisis de los productos de la combustión (pdc), la correcta instalación según las indicaciones del fabricante, características del recinto, estanqueidad del aparato, aspecto y estabilidad de la llama, temperatura del agua, dispositivo de seguridad por extinción de llama y la llama piloto en los aparatos que tengan este.
Revisar instalación de gas en Tenerife

Certificado de revisión del gas
Una vez realizadas las comprobaciones y no existan anomalías, se emitirá el certificado de revisión de la instalación de gas. En caso contrario, se le dará al titular de la instalación un informe de las anomalías detectadas y un plazo para reparar la parte de la instalación afectada o sus aparatos conectados que no cumplan los requisitos. Este será el responsable de contratar a una empresa instaladora de gas para su corrección. La revisión del gas no es obligatoria cuando se tiene un solo aparato de gas móvil conectado a un único envase de GLP con capacidad inferior a 15 kg conectado por tubería flexible. Según describe la norma, estos aparatos móviles son: Aparatos de calefacción móviles (estufas, radiadores), aparatos de lavar y secar la ropa, Lavavajillas, Frigoríficos, Aparatos de cocción móviles de sobre mesa (cocinillas, hornillos), sopletes y mecheros, de camping o deporte de montaña entre otros. El suministrador de gas según la ITC-ICG 03, no podrá proveer de GLP a ninguna instalación mientras el titular de la instalación no le aporte el certificado de revisión periódica de gas con resultado satisfactorio.
En caso de haber tenido un resultado desfavorable durante la revisión, puede contactarnos para solucionar las anomalías detectadas en la instalación y sus aparatos. Para averías en electrodomésticos de gas, en Arreglo a Domicilio contamos con técnicos de aparatos a gas habilitados. Estamos especializados en la reparación de calentadores de gas de tipo estanco y atmosféricos de todas las marcas, calderas de calefacción, cocinas, hornos, freidoras. Reparamos la instalación de gas y habilitamos el local para que cumpla con las exigencias de higiene en cuanto a evacuación de los productos de combustión, volumen mínimo del local, ventilación directa, entre otros.
Revisión de cocinas a gas y aparatos de circuito abierto
La revisión de las cocinas a gas, considerados aparatos de cocción, de circuito abierto no conducido y los calentadores de gas de tipo B de tiro natural, deben ser sometidas a revisiones periódicas, cada 5 años, coincidiendo con la revisión de la instalación cuando la potencia nominal conjunta de la instalación no sea superior a 70 kw y no sean alimentadas desde redes de distribución, Para potencias superiores a 70 kw y alimentadas desde redes de distribución existen otros criterios descritos en las Normas UNE.
En estas revisiones de aparatos de tipo A o B como son las cocinas y calentadores de tiro natural, entre otros, se comprueba principalmente si hay fuga de gas en las conexiones del aparato, la existencia de un aparato de gas de tipo A o tipo B instalado en un dormitorio, local de baño, una ducha o aseo, que corresponde al tipo de anomalía principal y se considera (Según las Normas UNE) no apta la instalación o parte de ella para su funcionamiento, que para restablecer el servicio se necesita repara las anomalías detectadas en la revisión.

Control de anomalías en revisiones de gas

Las anomalías principales o defectos que se puedan detectar en una instalación de gas durante los controles periódicos están registradas en las Normas UNE. Estas se clasifican según su importancia en cuanto a exigencias de seguridad y diferenciadas entre las que corresponden a los aparatos de gas y las que corresponde a la instalación que los alimenta, según su potencia, ≤ 70 kw o ≥ a 70 kw y también se clasifican en dos grupos denominados Anomalías Principales y Anomalías Secundarias.
Las anomalías principales: Son las anomalías detectadas en instalaciones de gas en servicio que por su gravedad deben ser subsanadas en el momento de su detección, en caso contrario se debe interrumpir el suministro de gas a la parte de la instalación afectada, aparte de ella o a los aparatos conectados.
Las anomalías secundarias: son las anomalías detectadas durante el control periódico que no es preciso cortar el suministro de gas a la instalación o aparatos. En este caso se le da un plazo máximo de 6 meses al usuario de la instalación para subsanar dichos fallos, a excepción de una falta de estanqueidad considerada anomalía secundaria que se dará al cliente un plazo máximo de 15 días para corregirla.
Anomalías principales en instalaciones de gas de hasta 70 kw
Fuga de gas (IPa): Una fuga de gas se considera siempre una anomalía principal y, por lo tanto, la instalación será no apta para su funcionamiento.
Aparato de gas de circuito abierto tipo A o tipo B instalado en dormitorio, cuarto de baño o ducha (IPa-2): Se considera anomalía principal si estos aparatos tipo A o B como por ejemplo, cocinas y calentadores de gas atmosféricos están instalados en habitaciones como dormitorios, baños o aseos.
Tubo flexible dañado (IPa-3): Se considera como anomalía principal si se observan daños como fisuras o grietas en un tubo flexible espirometálico o mangueras flexibles de elastómero.
Elastómero en contacto con las zonas calientes de aparatos como hornos u otros aparatos de cocción (IPa-4): A menos que el flexible esté separado por algún aislante entre el aparato se considera anomalía principal.
Daños o deficiencias en conductos de evacuación de los productos de la combustión (IPa-5): Estas fallas se refieren a tubos de evacuación de un diámetro menor que el indicado, materiales no resistentes a las temperaturas de los humos, que no tenga el deflector en caso de tiro directo al exterior o patio de ventilación que lo necesite, que tenga escapes de productos de combustión o inclinación descendente en algún tramo que perjudica la libre evacuación.
Una campana extractora de cocina conectada al mismo conducto de evacuación de otro aparato de gas de tipo B como un calentador de gas o caldera, se considera anomalía (IPa-6)
(IPa-7) Un aparato de gas de tiro natural tipo B que no tenga conducto de evacuación o que esté evacuando a un local de menos de 8 m³ que no tenga ventilación adecuada.
Las llaves de los aparatos que no están taponadas, precintadas, cerradas y bloqueadas se consideran anomalía principal (IPa-8)
Anomalías Secundarias en instalaciones de gas de hasta 70 kw
Un aparato de gas de tipo B como un calentador atmosférico, instalado en un local de menos de 8 m³ de volumen y que no tiene la ventilación adecuada, se considera anomalía secundaria (Isa-1)
Anomalía secundaria tipo (Isa-2): Instalación en mal estado de conservación como corrosión en las tuberías y soportes, llaves de corte en mal estado, o faltan, o no están accesibles, uso de materiales inadecuados o técnicas de uniones no reglamentarias o con deficiencias.
(Isa-3): Conexión defectuosa del aparato, como flexible inadecuado o en contacto con partes calientes del mismo, tubo flexible sin enchufe de seguridad para gases de la segunda familia, flexible espirometálico hace contacto con partes calientes de hornos u otras fuentes de calor como cocinas, calderas etc. No se consideraría anomalía si este dispone de aislantes adecuados para aislar el calor. Elastómeros flexibles o conexiones mecánicas caducados, longitud mayor que la reglamentaria, falta de fecha de caducidad, abrazaderas de conexiones en mal estado o inadecuadas tanto de la conexión del aparato de gas o de las botellas.
Anomalía secundaria (Isa-4): Incumplimiento de la Norma UNE 60670-4 de 2014 referente a tuberías que discurran por falsos techos, sótanos, altillos, cavidades y cámaras.
Una ventilación inadecuada del local se considera anomalía secundaria (Isa-5): Que no tenga los orificios de ventilación, que estos estén obstruidos, que sean insuficiente o que no estén a la altura reglamentaria.
Anomalía secundaria (Isa-6) cuando el volumen de un local sea insuficiente: Locales donde existen aparatos de cocción y la suma de la potencia nominal de estos sea mayor de 16 kw
Anomalía secundaria (Isa-7): que falte o no esté activo el sistema de detección de corte de gas en instalaciones que lo requieran según la Norma UNE 60670-6
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